IZQUIERDO CARRASCO, MANUEL / REBOLLO PUIG, MANUEL / ALARCÓN SOTOMAYOR, LUCÍA / BUENO ARMIJO, ANTONIO
El Derecho Administrativo sancionador español es -en gran medida- un derecho elaborado por los jueces , por varias razones: por un lado, el constituyente y el legislador ordinario (Ley 30/1992) sólo han consagrado unos principios y reglas tan generales que su contenido y alcance lo ha debido fijar la jurisprudencia y, por otro, en la infinidad de leyes sectoriales con infracciones y sanciones, el legislador ha establecido regímenes tan apegados a lo concreto y tan fragmentarios que deja enormes vacíos que los jueces se han visto obligados a colmar. Como esa amalgama de infinidad de normas sancionadoras estatales, autonómicas y hasta locales está lejos de formar un conjunto coherente y armonioso, es la jurisprudencia -junto con la doctrina- la que viene dándoles estructura y un sentido unitario.Este libro recoge sentencias sobre sanciones administrativas relativas a todos los sectores, incluido -por supuesto- el tributario, pero también la fecunda jurisprudencia de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo e incluso se ha ido más allá de las sanciones propiamente administrativas para analizar, por ejemplo, las numerosas sentencias sobre sanciones impuestas por el CGPJ.Los autores han procurado que las sentencias aparezcan con referencia al asunto concretamente resuelto, con indicación del sector en que la sanción se produjo y de los hechos, hasta con alusión de los que parecen puramente anecdóticos y, así, se habla del pub bésame mucho, la Princesa Diana de Gales y Cindy Crawford, del banderillero entusiasta, el torero displicente, el benemérito onanista, el presidente de club de fútbol forofo, los auditores de Gescartera o la central nuclear de Vandellós I.Sin detrimento del rigor y seriedad de la obra y de la gravedad que los casos requieren, se presenta la jurisprudencia en su salsa para hacerla más sabrosa y digerible.
Manuel Izquierdo Carrasco es Catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad de Córdoba.