I. Consideraciones iniciales. 1. El tema y su planteamiento. 2. Descripción e interés de la figura y desarrollo de la exposición. II. El contrato para persona por designar. 3. Origen, desarrollo y función económica de esta modalidad contractual. 4. La conformación técnica de la modalidad contractual. III. Cláusulas de reserva de nombrar. 5. La aposición de la cláusula de reserva. 6. El ámbito de aplicación de la reserva. 7. La negociación excluida de la aponibilidad de la cláusula de reserva de nombrar. 8. Las vicisitudes del reservado derecho de nombrar. Sentencias del Tribunal Supremo Examinadas. Sentencias de Audiencias Provinciales Seleccionadas.
Esta nueva obra del profesor Luna Serrano trata del supuesto en que una de las partes contratantes manifiesta a la otra, mediante la oportuna cláusula de reserva, que contrata ?para sí o para persona que designará?, de manera que en el contrato se prevea que, una vez hecha, en su caso, la designación, la persona elegida ocupe ex tunc ?a diferencia de lo que ocurre en el supuesto de la cesión del contrato, que opera ex nunc? la posición de parte contractual y, en consecuencia, asuma los derechos y obligaciones dimanantes del contrato, desplazando de este modo a quien lo designó, cuyo primitivo contratante, de no hacer oportunamente la designación, se quedaría, sin embargo, como parte definitiva del contrato. Especie contractual de especial dificultad en cuanto a su delimitación, el contrato para persona a designar precisaba de un estudio en el que, junto a la exposición dogmática de la figura, se pusiera de manifiesto su interés jurídico y económico actual y se acometiera el estudio completo de las vicisitudes propias de la cláusula de reserva de nombrar. Tal es el trabajo que presenta Agustín Luna, Catedrático jubilado de la Universidad de Barcelona y actual Profesor de Derecho civil en ESADE. MARIANO YZQUIERDO TOLSADA Catedrático de Derecho civil Director de la colección Agustín Luna Serrano. Abogado. Catedrático de derecho mercantil de la Universidad de Barcelona. Miembro del Colegio de Abogados de Barcelona desde 1973.