La presente Serie Laboral analiza esta materia desde un punto de vista eminentemente práctico. De conformidad con el art. 41 CE, compete a los poderes públicos mantener un régimen público de Seguridad Social que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, añadiendo, el art. 50 del mismo texto, que las poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficieucia económica de los ciudadanos durante la tercera edad. En cumplimiento de tales previsiones constitucionales, el sistema español de la Seguridad Social reconoce la prestación de jubilación como aquella que tiene por objeto compensar a aquel trabajador, que con motivo del cese en su actividad laboral tras haber alcanzado la edad pensionable, ve mermada su capacidad económica para hacer frente a sus necesidades vitales o carece de rentas con las cuales subsistir, complementándola con ca establecimiento de otras prestaciones, a favor de los ancianos, para cubrir necesidades propias de su estado de ancianidad. Constituye el objeto de esta obra el análisis, tanto material colno procesal, de la protección que el Sistema de la Seguridad Social presta a los trabajadores y beneficiarios que pretenden acceder a la pensión de jubilación, tanto en su modalidad contributiva como no contributiva. examinándose las últimas reformas introducidas por la Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas para el establecimiento de jubilación gradual y flexible así como la reciente jurisprudencia, recaída sobre la materia, del Tribunal Supremo y de las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia.
Profesora de Antropología Social en la
Universidad Miguel Hernández de Elche.
Experta en Inmigración africana y, especialmente
de procedencia senegalesa a España, migraciones y multiculturalismo, el análisis de la diáspora subsahariana
desde la perspectiva de género.