Prólogo a la decimoctava edición.
Nota para el alumnado.
Prólogo a la primera edición.
Semblanza del profesor Carlos Lasarte.
Abreviaturas.
Primera parte: El ordenamiento jurídico.
Cap. 1: Relaciones económicas y sectores jurídicos.
Cap. 2: La norma jurídica en general: La Constitución.
Cap. 3: Las fuentes del Derecho.
Cap. 4: El Derecho de la Unión Europea.
Cap. 5: Aplicación y eficacia de las normas jurídicas.
Cap. 6: Los derechos subjetivos.
Cap. 7: La tutela judicial de los derechos.
Segunda parte: Los sujetos de la actividad económica privada y su contemplación jurídica.
Cap. 8: La persona física.
Cap. 9: El régimen económico del matrimonio.
Cap. 10: La herencia.
Cap. 11: Las personas jurídicas.
Cap. 12: La representación.
Tercera parte: Las bases del sistema económico: La propiedad privada.
Cap. 13: El sistema económico en la Constitución Española.
Cap. 14: La propiedad privada.
Cap. 15: Copropiedad y propiedad horizontal.
Cap. 16: Los derechos reales y la posesión.
Cap. 17: La adquisición de los derechos reales.
Cap. 18: La publicidad de los derechos reales inmobiliarios.
Cap. 19: Los derechos reales de GOCE.
Cap. 20: Los derechos reales de garantía.
Cap. 21: Los derechos reales de adquisición preferente.
Cuarta parte: El intercambio de bienes y servicios: El contrato.
Cap. 22: El contrato en general.
Cap. 23: Las figuras contractuales típicas (I): Los contratos de finalidad traslativa.
Cap. 24: Las figuras contractuales típicas (II): Los arrendamientos y el contrato de obra.
Cap. 25: Las figuras contractuales típicas (III): El contrato de sociedad.
Cap. 26: Las figuras contractuales típicas (IV): Otros contratos.
Cap. 27: Los elementos del contrato.
Cap. 28: La formación del contrato.
Cap. 29: La interpretación e integración del contrato.
Cap. 30: La ineficacia del contrato.
Quinta parte: La responsabilidad extracontractual.
Cap. 31: La responsabilidad civil extracontractual.
Sexta parte: La relación jurídico-obligatoria.
Cap. 32: La obligación en general.
Cap. 33: El cumplimiento de las obligaciones.
Cap. 34: El incumplimiento de las obligaciones.
Cap. 35: La extinción y modificación de las obligaciones.
Cap. 36: Garantías y protección del crédito.
Desde la primera edición, este libro mereció el elogio de la crítica especializada: «el libro contiene una visión completa y concisa de los temas estudiados, enfocando los problemas desde la perspectiva de la realidad económica, contemplando más la vertiente práctica del Derecho que sus aspectos dogmáticos, lo que lo convierte en un instrumento de evidente utilidad [...]. Ante todo, nos enfrentamos a un libro rigurosamente actualizado, tanto en lo que se refiere a la legislación como a la jurisprudencia [...]» (I. Arana, Anuario de Derecho Civil).
Se incorporan por primera vez a esta decimoctava edición: la normativa fundamental sobre mediación, representada por las diversas leyes autonómicas relativas a la mediación familiar, así como la nueva regulación estatal, a través del Real Decreto-Ley 5/2012, de 5 de marzo, presentado a finales de dicho mes como proyecto de ley, finalmente promulgada como Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles; el Real Decreto 8/2011, de 8 de julio, y el Real Decreto-Ley 6/2012, de 8 de marzo, sobre protección de deudores hipotecarios sin recursos; la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de reconocimiento y protección integral de las víctimas del terrorismo, que ha sido, a su vez, modificada, en determinados aspectos (arts. 5, 20.4, 22.1, 38, 54.1 y 65; así como con la adición de los arts. 22 bis y ter, junto con una nueva disposición transitoria) por la disposición adicional 17.ª de la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos generales del Estado para el año 2012, cuya disposición adicional correspondiente ha sido tenida en cuenta a efectos de actualizar la tabla de elaboración propia de intereses legales y de demora, que es característica de esta obra desde su primera edición, hace ya veinticinco años, para facilitar la determinación de tales extremos en casos de mora plurianual.
Carlos Lasarte, Vocal Permanente de la Comisión General de Codificación, ha sido Catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla (1980-1989) y Vocal de la Comisión Gestora encargada de la instauración de la Universidad Carlos III de Madrid (1989-1992). Desde octubre de 1992 desempeña la Cátedra en la UNED (Madrid), de cuyo Departamento de Derecho Civil es Director.