La disposición testamentaria que suspende el ejercicio del derecho permite a todo coheredero solicitar la participación del a herencia a cualquier tiempo es un recurso que emplea el causante para lograr que el caudal relicto permanezca unido tras su muerte. Fundamentalmente con el don de proteger los intereses económicos del cónyuge que sobrevive. Por ello, es común que esta indivisión persista hasta que se produzca la muerte de dicho cónyuge, quien en muchas ocasiones recibe el usufructo vitalicio de la totalidad de la herencia. Desde esta perspectiva se ha procedido al estudio en profundidad del artículo 1051 del Código Civil, que es perecidamente el precepto que atribuye al testador la facultad de prohibir la partición hereditaria. un estudio con el que se aborda la repercusión sobre el devenir de una comunidad hereditaria, haciendo especial hincapié en la necesidad de que una causa justa fundamente esta prohibición. Es una forma de evitar decisiones del causante.