ESTUDIO PRELIMINAR.
I. Francisco de Vitoria, teólogo y jurista.
II. Las obras de Vitoria.
III. Los tratados jurídicos de Vitoria.
IV. El tratado de "La ley".
V. Contenido del tratado de "La ley".
VI. Nuestra edición.
BIBLIOGRAFÍA.
LA LEY.
La esencia de la ley.
La división de las leyes.
Los efectos de la ley.
La ley eterna.
La ley natural.
La ley humana.
La potestad de la ley humana.
Acerca del cambio de la ley.
La ley antigua.
Los preceptos de la ley antigua.
Los preceptos morales de la ley antigua.
Los preceptos ceremoniales en sí mismos.
Las causas de los preceptos ceremoniales.
La duración de los preceptos ceremoniales.
Los preceptos judiciales.
La razón de los preceptos judiciales.
La ley evangélica, que se denomina ley nueva en sí misma.
Comparación entre la ley nueva y la antigua.
Lo que se contiene en la ley nueva.
El maestro Vitoria es un avanzado jurista en su tiempo, no sólo en derecho público internacional, sino también en derecho público interno. Pone los fundamentos de su doctrina jurídica en la misma naturaleza humana y en el fin del hombre, que es la felicidad. Es conveniente hacer hincapié en estos aspectos ante una obra como La ley, considerada de gran importancia para conocer el pensamiento jurídico del teólogo de Salamanca. En ella el moralista y el jurista de hoy podrán encontrar buena parte de su doctrina fundamental. Son extraordinariamente útiles muchos de sus comentarios esclarecedores de la teoría del derecho, sobre todo en la primera parte, es decir, en las cuestiones en que trata de la ley en general, donde conviene poner mucha atención sobre algunas de sus ideas. En el inicio del tratado afirma, con Tomás de Aquino, que «toda ley debe ordenarse al bien común» y lo prueba «porque el fin de todas las leyes es la felicidad». Partiendo de este principio y bajando al terreno de la práctica, el del legislador y los súbditos de un Estado, dice: «no es lícito al príncipe dar una ley que no atienda al bien común, sería una ley tiránica». Aun más: «tal ley no sería ley», y, por consiguiente, no habría que obedecerla. Incluso, «si una ley se hiciera inútil, no habría que mantenerla ni obedecerla».
Francisco de Vitoria (Burgos, 1483-Salamanca, 1546), teólogo y jurista dominico, pertenece al movimiento renovador del humanismo hispano. Estudió en el convento de Santiago que tenía su orden en París, en cuya Universidad estuvo en contacto con eminentes teólogos y humanistas. Fue también profesor en su convento. Vino a España a ejercer el magisterio en el colegio de San Gregorio de Valladolid y después, desde 1520 hasta su muerte, desempeñó la cátedra de Prima de la Universidad de Salamanca. Además de renovar la teología escolástica, hizo importantes aportaciones en el campo del derecho, sobre todo explicando el «derecho de gentes» con sentido renovador: se le reconoce como el fundador del Derecho Internacional moderno. En este ámbito, entre sus obras destacan tres «relecciones»: Sobre el poder civil, Sobre los indios y Sobre el derecho de la guerra; y los «comentarios» a la Suma: sobre La Ley y sobre La Justicia.